Comunicado de Prensa – Ley de Protección de Datos de Carácter Personal

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Comunicado de Prensa

La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) representada por su Directora General Licenciada Angélica Maytín Justiniani  en conjunto con la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG)  presentó ante el Consejo de Gabinete el proyecto Ley de Protección de Datos de Carácter Personal  el cual fue aprobado para su presentación a la Asamblea Nacional. Este Proyecto de Ley tiene como uno de sus ejes prioritarios asegurar el respeto y la protección de los derechos fundamentales, de las libertades públicas del ser humano y de otros bienes jurídicos relacionados con ellos.

Esta iniciativa  garantiza el derecho fundamental a la protección de los datos de carácter personal de los ciudadanos, estableciendo regulaciones al tratamiento, automatizado o no, de datos personales, el cual será de orden público y de cumplimiento general en toda la República. Los sujetos regulados en el Proyecto de Ley, son las personas naturales y jurídicas de carácter público o privado, con o sin fines de lucro, que lleven a cabo el tratamiento y/o custodia de datos personales.

Entre estos datos se encuentran los que identifican a las personas, o aquellos que permiten tener comunicación con su titular. También, datos relacionados con el empleo, sobre características físicas como la fisionomía, anatomía o rasgos de la persona. Además considera información relacionada con la formación y actividades profesionales, datos relativos a sus bienes, así como información biométrica.

 El ciudadano tiene el derecho a que sus datos personales no sean utilizados de forma asociada para otros fines que no hayan sido expresamente informados, tales como publicidad, promociones, mercadeo, investigación, estudios, consultas o encuestas, y podrá oponerse al uso no expresamente informado o autorizado de sus datos personales, con las consecuentes responsabilidades civiles y penales.

Se exceptúan de la aplicación de la presente Ley, los siguientes tratamientos de datos personales:

  1. Los que realice una persona natural para actividades exclusivamente personales o domésticas.
  2. Los que realicen autoridades competentes con fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales, o de ejecución de sanciones penales.
  3. Los que se efectúen para el análisis de inteligencia financiera y relativos a la seguridad nacional de conformidad con las legislaciones, tratados o convenios internacionales que regulen estas materias.
  4. Los resultantes de información obtenida mediante un procedimiento previo de disociación o anonimización de manera que el resultado no pueda asociarse al titular de los datos personales.
  5. Los que se encuentran regulados en leyes especiales, pero sin limitarse a las que regulan servicios de información sobre historial de crédito de los consumidores, bancarios, de seguros y otros.

Empresas como Ebay o Yahoo! Se vieron en la necesidad de notificar a miles de usuarios que sus cuentas y contraseñas habían sido filtradas a través de un ataque, además los Estados Unidos  fueron víctima de la fuga de 4.5 millones de registros médicos. Múltiples países del continente americano, así como extra continentalmente, han desarrollado esta normativa dentro de su legislación como los casos de Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, México, Nicaragua, Perú, Uruguay, República Dominicana y la Unión Europea.

Es por ello, de la importancia de la información que puede ser asociada a una persona como datos personales que son utilizados por cibercriminales que buscan lucrar de la información. Ya que ahora se utilizan los medios tecnológicos para cometer delitos.

La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información,  por espacio de tres meses abrió a consulta pública con el apoyo de la Organización de Estados Americanos y varias instituciones del estado para la discusión de este proyecto ley.

El proyecto ley tendrá un tiempo estimado de implementación de 2 años a partir de su promulgación.