1. ¿Qué es el dato personal según la Ley No.81 de 26 marzo de 2019?

R: La Ley No.81 de 26 marzo de 2019, en su glosario establece que el dato personal es cualquier información concerniente a personas naturales, que las identifica o las hace identificables.

2. ¿Cuáles son los derechos fundamentales que reconoce Ley No.81 de 26 marzo de 2019, al titular del dato personal?

  1. ¿Qué es el dato personal según la Ley No.81 de 26 marzo de 2019?

R: La Ley No.81 de 26 marzo de 2019, en su glosario establece que el dato personal es cualquier información concerniente a personas naturales, que las identifica o las hace identificables.

  1. ¿Cuáles son los derechos fundamentales que reconoce Ley No.81 de 26 marzo de 2019, al titular del dato personal?

R: La Ley No.81 de 26 marzo de 2021, reconoce al titular del dato personal los siguientes derechos fundamentales:

Acceso: permite al titular de los datos personales obtener, conocer el origen y la finalidad de sus datos personales que estén contenidos para almacenamiento o tratamiento de instituciones públicas o privadas;

Rectificación:  permite al titular de los datos personales solicitar la corrección de sus datos personales que sean incorrectos, irrelevantes, incompletos, desfasados, inexactos, falsos o impertinentes;

Cancelación: permite al titular de los datos personales solicitar la eliminación de sus datos personales incorrectos, irrelevantes, incompletos, desfasados, inexactos, falsos o impertinentes;

Oposición: permite al titular de los datos personales por motivos fundados y legítimos relacionados con una situación particular, negarse a proporcionar sus datos personales o a que sean objeto de determinado tratamiento, así como revocar su consentimiento;

Portabilidad: derecho a obtener una copia de los datos personales de manera estructurada en un formato genérico y de uso común, que permita ser operado por distintos sistemas y/o transmitidos a otro responsable;

3. ¿Pueden obligarme a entregar mi documento de identidad personal para fotografiarlo o escanearlo, para obtener un servicio, un producto o acceso a un inmueble?

R: Nadie puede ser obligado a entregar su documento de identidad personal para ser fotografiado o escaneado para obtener un servicio, un producto o condicionar el ingreso a un inmueble, lo que se permite es que previo consentimiento del titular del dato, pueda ser capturada para almacenamiento los datos que éste permita.

4. ¿Es permito llamar a los teléfonos particulares para ofrecer productos y servicios, sin haber obtenido la información personal del contacto con consentimiento previo?

R: A partir de la entrada en vigencia de la Ley No. 81 de 26 de marzo de 2019, todos los tratamientos que se realicen a las bases de datos personales por regla general deben mantener el consentimiento de sus titulares, salvo las excepciones que se establecen en el artículo 8 de la Ley No. 81 de 26 de marzo de 2019.

Si los datos se obtuvieren de parte de una transferencia o cesión legal de datos, el titular del dato personal debe ser debidamente informado de la transferencia de su dato personal, para que pueda ejercer en tiempo oportuno cualquiera de los derechos que le confiere la ley.

5. ¿Ante qué autoridad debe el titular del dato personal presentar una denuncia por posible violación de los derechos que le confiere la Ley No. 81 de 26 de marzo de 2019?

R: La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información mediante la Dirección de Datos Personales es la que mantiene la facultad de realizar las investigaciones e imponer las sanciones a las personas naturales y/o jurídicas, que vulneren el contenido de la Ley No. 81 de 26 de marzo de 2019.