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Dirección de Conflicto de Intereses
Objetivos
Velar por el cumplimiento y aplicación de la Ley 316 de 18 de agosto de 2022, que regula situaciones de conflicto de intereses, promoviendo la transparencia y la ética en la administración pública. De esta manera se gestiona la aplicación de medidas de control y vigilancia dirigidas a la prevención de conflicto de intereses a fin de evitar que los intereses particulares de los sujetos obligados puedan influir indebidamente en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades.
Funciones
- Recibir la Declaración Jurada de Intereses Particulares que presenten los sujetos obligados.
- Verificar la información suministrada por los sujetos obligados en la Declaración Jurada de Intereses Particulares, únicamente tratándose de aquellos servidores públicos respecto de los cuales la Autoridad tenga competencia.
- Determinar si la declaración jurada de intereses está debidamente presentada y si el contenido de la información configura potenciales o actuales conflictos de interés.
- Elaborar los informes y ejecutar las funciones en cumplimiento de las obligaciones que deben tener los sujetos obligados, según lo previsto en la Ley.
- Llevar y gestionar los registros de la declaración jurada de intereses de los sujetos obligados, así como la responsabilidad de la custodia, seguridad e indemnidad de datos y documentos que en ellos se contengan.
- Suministrar información a las autoridades competentes que lo requieran.
- Solicitar información, los ficheros, archivos o registros de carácter público que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones.
- Conocer de los procesos ya sea de oficio, a requerimiento de superior jerárquico o por denuncia ante la ANTAI, por infracciones relacionadas con la declaración jurada de intereses e imponer las sanciones administrativas y multas correspondientes, cuando apliquen.
- Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 316 de 18 de agosto de 2022 así como aquellas que sean dispuestas en su reglamentación.