MATRIZ DE CONTRATACIONES REALIZADAS POR EL ESTADO DE

EMERGENCIA NACIONAL, COMO CONSECUENCIAS DEL COVID-19

Para un uso adecuado de nuestra matriz debes considerar los siguientes puntos:

  1. De acuerdo al artículo 79 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, que regula el procedimiento especial de adquisición de emergencia, las compras que sean realizadas bajo esa premisa, tendrán para su publicación hasta concluido el término de emergencia establecido en la Resolución de Gabinete No. 11 de 13 de marzo de 2020.  Las entidades deberán presentar un informe de todas las compras realizadas al Consejo de Gabinete quien se encargará de ordenar su publicación en el portal “Panamá Compra”.
  2. Considere, que contaremos con todas las contrataciones realizadas por procedimiento especial debido al COVID-19hasta finalizado el término de 180 días establecido en Resolución de Gabinete No. 11 de 13 de marzo de 2020, en ocasiones puede que solamente observe publicados los procedimientos excepcionales para insumos requeridos por las entidades.
  3. Recuerde no todas las compras que mencionen COVID-19 serán deducidas del monto especial asignado mediante Resolución de Gabinete, ya que, las entidades estarán utilizando su presupuesto para suplir sus necesidades.

¡Gracias!