COMUNICADO

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ANTAI informa que no es de nuestro interés limitar bajo ninguna propuesta de modificación el derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos. La obligatoriedad en la publicación del número de cédula de los servidores públicos, está regulado en la Circular No. ANTAI-DS-DTAI-3989-2018 de 31 de agosto de 2018, y hasta la fecha se mantiene vigente y como requisito exigido para monitoreo y evaluación de todas las instituciones públicas y demás sujetos obligados de la Ley de transparencia.

Es importante aclarar, que para la ANTAI como ente rector en materia de transparencia, prima el principio de acceso público y lo garantizará para prevenir la corrupción  y la impunidad  en nuestro país.